El 23 de enero de 2024 finaliza el plazo en que se pueden reclamar los gastos hipotecarios, cobrados indebidamente, de aquellas hipotecas que se formalizaron antes del 23 de enero de 2019, pero ¿Qué gastos se pueden reclamar?, ¿por qué solo se pueden reclamar hasta finales de enero? y ¿Cuánto me va a costar?
Primero hemos de explicar, por que hay un plazo y por qué hay tanto lio, ya que nadie se pone de acuerdo en cuando acaba el plazo, por eso encontrarás diferentes fechas si buscas por internet, y es que hasta 2015 los bancos cobraban, o hacían pagar, todos los gastos de formalización del crédito hipotecario que contratabas con ellos.
En 2015 el Tribunal Supremo dictó que varios de esos gastos los tiene que pagar el banco, esa sentencia se recurrió y después llegaron otras, hasta que el Tribunal Supremo dictó el 23 de enero de 2019 que las clausulas que el banco incorporaba para hacer pagar los gastos a los clientes son abusivas. Esta declaración generó un rio de demandas de reclamación de esos gastos y había juzgados y tribunales que decían que la fecha inicial, para contar el tiempo que había para que prescriba el periodo de reclamación, tenía que ser la del pago de la última factura, otros que tenia que ser en el momento que se declararon las clausulas como abusivas, hasta que el Tribunal Supremo medió e indicó que el tiempo era de 5 años a contar des de que se conoció que las clausulas eran abusivas, es decir, des de el 23 de enero de 2019.
Por ese motivo solo hay tiempo hasta el 23 de enero de 2024 para reclamar la devolución, aún que después de tanto lio, hay bancos que hacen otra interpretación y se niegan a la devolución por lo que hay que acudir a los tribunales para que ellos indiquen quien tiene razón.
¿Qué gastos puedo reclamar?
Los gastos que el Tribunal Supremo consideró que ha de correr a cuenta del banco son:
- El 50% de la factura de Notario
- La totalidad de la factura de Registro de la Propiedad
- La totalidad de la factura de Gestoría, siempre que su intervención la pida el banco
- La totalidad de la factura de Tasación
¿Cómo reclamo estos gastos?
Para reclamar los gastos, lo mejor es contactar con un profesional de la abogacía que te tramite la reclamación. Pese a que las gestiones iniciales las puede hacer cualquier persona, los profesionales del derecho tendrán mucho cuidado en cumplir con todos los pasos y requisitos para que tu reclamación llegue a buen puerto, desde el principio. Los pasos que se han de seguir son los siguientes:
- Recopilar toda la documentación referente al contrato del crédito hipotecario
- Reclamar, por escrito, los gastos al banco
- En caso de que el banco no reconozca el pago de los gastos, hacemos una reclamación al Banco de España
- En caso de que el Banco de España no reconozca el pago, presentamos una demanda en el juzgado de primera instancia
¿Cómo pago al abogado/a?
Actualmente, lo más normal, es que el abogado te cobre un porcentaje del dinero que te den en la reclamación, si esta se soluciona sin tener que ir a juicio, es decir, si el banco o el banco de España atienden a tu solicitud y te devuelven el dinero sin más tramites, suele ser una cantidad fija que se ha de pactar antes del inicio de los tramites. Si tu reclamación llega a juicio la forma de proceder más habitual, en estos casos, es que el abogado o abogada cobre de las costas del proceso, es decir, el juez condena al banco a pagar lo que haya costado el juicio, entre ellos, el dinero del abogado, del procurador, etc.
En España los profesionales de la abogacía son libres de pactar el precio por sus servicios con sus clientes, por ese motivo puede ser que te encuentres a algún abogado o abogada que no lo haga de esta forma, pero al ser un tema del que hay tantas sentencias a favor es muy difícil que no lleguéis a un acuerdo favorable para las dos partes o que no encuentres otro profesional del derecho que quiera llevar tu reclamación
Edito 30 de Enero de 2024
El TJUE dicta sentencia en contra del criterio seguido por el Tribunal Supremo y dicta que la prescripción empieza a contar en el momento en que el consumidor es consciente que la clausula es abusiva y que esta se puede reclamar para su devolución.
Esto quiere decir que el plazo para reclamar los gastos de formalización de las hipotecas firmadas antes del 2019 no finaliza el 23 de enero de 2024. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, entienda que el consumidor no ha de conocer de derecho ni seguir la actualidad jurisprudencial nacional por lo que no se puede entender que este conozca del inicio del plazo de reclamación por el hecho de existir una sentencia del Tribunal Supremo que diga que este tipo de clausulas son abusivas, el consumidor.
Dicho esto, aclarar que aún se está a tiempo de presentar reclamaciones por estas cláusulas y en cuanto el TJUE responda sobre las cuestiones planteadas por la Audiencia de Barcelona i de Palma, sobre las que aún no se ha manifestado, redactaré un nuevo artículo explicando la nueva situación.